Tres Algarrobos: Circulación en rotondas y tránsito pesado

Resultado de imagen para rotondas tres algarrobosEl Municipio de Carlos Tejedor, a través de la Secretaria de Seguridad, comunica que en relación a los giros y rotondas la Ley Nacional de Transito ley 24449, prescribe en el art. 43 inc. e) “…si se trata de una rotonda, la circulación a su alrededor será ininterrumpida, sin detención y dejando la zona central no transitable a la misma, a la izquierda. Tiene prioridad de paso quien circula por ella por sobre el que intenta ingresar, debiendo ceder el paso al que egresa, salvo señalización en contrario. …”.

Además, en relación al ingreso en zona urbana de camiones y tránsito pesado: la circulación está restringida y deberán ser desenganchados los acoplados. Para el ingreso a cargar combustible, sólo con

chasis y vacíos. Exceptuados: camión con combustible, alimentos perecederos, transporte gas licuado, atmosféricos. El transportista responde por el daño que ocasione a la vía pública como consecuencia de la extralimitación en el peso o dimensiones de su vehículo. En caso de maquinaria agrícola, solo transitar con luz solar, es decir desde la hora “sol sale”, hasta la hora “sol se pone”; y sin nieblas. Y con lluvia, no está permitido circular ni en zona urbana ni en rural (conf. Arts. 56; 57; 58; y 62 y anexos, Ley 24449).

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