Impuesto a las ganancias

Por Victor Monzó, Contador

Los impuestos presentan desde sus orígenes, la característica de odiosos…es una imposición justamente llamada impuesto, que obliga a pagar. El resultado de la combinación de dichas actividades (imponer + pagar) da como resultado algo que genera rechazo.

Quedan obligados a contribuir con el impuesto, 2 tipos de personas: 1) las físicas y 2) las jurídicas o sociedades.

Para llegar al número sobre el que se calcula el impuesto, se suman todas las ventas, a la que se le restan todos los gastos admitidos por la ley.

Las personas físicas únicamente, pueden

deducir las denominadas “deducciones personales”, que son deducciones que se computan luego de considerar las ventas y los gastos admitidos por la ley…el número obtenido debe compararse con una tabla para establecer la alícuota del tributo.

Las denominadas “deducciones personales” se establecen para que el número sujeto a impuesto, responda a una ganancia; es decir que “los gastos incurridos para vivir”, no sean gravados con el impuesto. Es así que la ley del impuesto a las ganancias autoriza a deducir determinados importes en concepto de “los gastos incurridos para vivir”: mínimo no imponible, deducción especial y cargas de familia.

CONCEPTO

CARACTERÍSTICAS (básicas)

Mínimo no imponible

La pueden computar todas las personas físicas

Deducción especial

Las personas en relación de dependencia computan un importe mayor

Cargas de familia

Importe que depende de la composición familiar al poder deducirse un importe por cónyuge, hijios/as y otras cargas

Parece un derecho lógico y razonable pero es evidente que si estos importes no son actualizados periódicamente, pierden relevancia, mas en un contexto de elevada inflación; por eso se puede opinar que una actualización de los importes luego de una elección indicadora de una tendencia (como las P.A.S.O.) pero anterior a la elección que define los cargos electivos, NO RESPONDE A UNA RAZÓN DE JUSTICIA SINO QUE LA VERDADERA RAZÓN ES REVERTIR LA TENDENCIA DE LA ELECCIÓN PRIMARIA.

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