Debido a la situación hídrica que padece el distrito de Carlos Tejedor, en particular el Cuartel VI, y teniendo en cuenta que el artículo 33 de la Ordenanza Fiscal faculta al Departamento Ejecutivo a anticipar parcial o diferir parcial o totalmente el pago de las obligaciones establecidas en dicha Ordenanza y a antidatar o prorrogar los plazos y términos fijados en el Calendarios Fiscal, por Decreto Nº 1855/2017, prorrogase por noventa días el vencimiento de la cuota tres de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, para todas aquellas partidas ubicadas en el Cuartel VI del distrito de Carlos Tejedor.
buen contribuyente.
Dándose intervención a la Comisión de Emergencia y/o Desastre Agropecuario Local para que evalúe, determine o conceda este beneficio a las personas que lo soliciten, este Decreto agrega en el punto 4º: Suspéndase el inicio de ejecuciones judiciales para los damnificados por dicha situación.-
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