“El Secretario de Seguridad, en ejercicio de sus funciones y con motivo de comunicar que a partir del mes de Mayo de 2016 se comenzara con el control de alcoholemia dentro y fuera de la planta urbana de Carlos”, así comienza la circular número 9 de la Secretaria de Seguridad.
En relación a los procedimientos se Informa la medida de alcohol permitida por Ley :
• AUTOMOVILES: Hasta 0,50 .Igual o Superior a este valor corresponde Infracción.
• MOTOCICLETAS: Hasta 0,20 .Igual o Superior a esta cifra corresponde Infracción.
• TRANSPORTISTAS Y CHOFERES DE COLECTIVOS: Tiene que dar 0,00 de
alcohol.
SE LABRARÁ ACTA POR INFRACCION ART.48 INC.”A” A LA LEY 24.449 y Ley 24.788
En todos los casos que resulte un control de alcoholemia POSITIVO, se procederá a labrar:
• Acta de transito respectiva
• Se abrochara el ticket del alcoholímetro (previo rellenado de los campos respectivos: Nombre, DNI Examinador y Firma del examinado)
Para el caso que en un automotor vayan dos personas y una da POSITIVO, el restante acompañante siempre que estuviere con licencia habilitante, deberá también ser sometido al control de alcoholemia.-
SI BEBE NO CONDUZCA
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