El 18 de mayo (2026) se realizará el sorteo de las 25 viviendas ubicadas entre las vías del ferrocarril y el Barrio Bicentenario. Esto surge luego de que el Concejo Deliberante aprobara el proyecto enviado por la Intendenta, el cual establece la metodología de adjudicación.
Aquí es necesaria una primera aclaración: los 547 aspirantes no ingresarán de forma directa al sorteo de la totalidad de las viviendas. Las unidades se sortearán bajo distintos criterios y, a medida que se avanza de categoría, se van sumando los postulantes de la anterior.
A continuación, el detalle de la distribución y asignación::
- 3 viviendas para personas con Certificado Único de Discapacidad (CUD): En este primer sorteo ingresarán 53 personas.
- 10 viviendas para Jefas/es de Hogar: Participan 185 personas inscritas en esta categoría, a las que se les sumarán aquellas con discapacidad que también cumplan con el requisito de ser jefes o jefas de hogar.
- 8 viviendas para Grupo Familiar Constituido: Se trata de 121 familias inscritas, a las que se suman los 185 jefes de hogar y las personas con CUD que reúnan las condiciones. En total, participarán más de 306 postulantes.
- 4 viviendas para Sorteo General: Aquí se incorporan las parejas sin hijos y las personas solas. En esta última instancia ingresan todos los inscritos del padrón, por lo que el sorteo final será entre las 547 personas.
Es decir que los solteros y parejas sin hijos ingresarán únicamente al sorteo de 4 viviendas con el resto de las categorías, es decir, no habrá casas de manera exclusiva para solteros, si se agrega la posibilidad de salir sorteados en 4 casas.
El artículo 2 de la normativa vigente establece: “Los adjudicatarios que resulten del sorteo público deben cumplir con los requisitos de vivienda única, permanente y familiar; como así también deberán poseer DNI argentino y ser mayores de edad. Ninguno de los integrantes del grupo familiar deberá ser beneficiario de vivienda o terreno otorgado por el Estado, ni poseer bienes inmuebles. Asimismo, deberán acreditar ingresos que permitan solventar un plan de pago”.
A esos requisitos debe sumar el tener 5 años de residencia en el distrito, que es lo establecido en la ordenanza que aprobó el Concejo Deliberante en septiembre de 2025
A continuación el listado completo:












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