Hacia la apertura de la Información Pública: Aprobaron la creación del Digesto Municipal

“Hemos logrado ponernos de acuerdo en la redacción de la ordenanza. En definitiva es un compendio de normas, va a contener toda la normativa que emane de este Concejo Deliberante y  toda la normativa que emana del  Ejecutivo”, explicó la concejal Andrea Marcos al referirse al proyecto de creación de un Digesto Jurídico Municipal, que luego fue aprobado por unanimidad.

La iniciativa había ingresado en el 2013  pero, aunque todos estaban de acuerdo (como con que la reuniones de comisión sean públicas)  por distintos motivos terminó siendo cajoneada. Este año el radicalismo volvió a ingresarla.

La contadora explicó. “En principio sería una herramienta muy importante para nosotros como

legisladores, para que se pueda depurar aquella normativa que no está vigente. Va a permitir la consulta de toda esta normativa, lo cual me parece que contribuye a todo lo que hemos tratado y todo lo que hemos hablado sobre el acceso a la información pública”.

“A nivel regional todos los municipios cuentan con herramientas de este tipo. Va a ser algo muy valioso tanto para nosotros,  como para la población Se va a concretar en el próximo periodo porque tenemos que presupuestarlo”, aclaró la Presidente del Concejo.

Y enfatizó: “Se prevé que toda nueva norma que se emita tiene que ser incluida en el digesto, se prevé la actualización permanente”

Desde Proyecto Vecinal, Esteban Molina explicó: “La codificación en este caso del digesto es fundamental. Generalmente cuando hay una relación tan compleja, es esencial tener claridad para ir a buscarla. Muchas veces uno cuando quiere hacer una ordenanza o un decreto, no sabe si ya fue realizado con anterioridad”

A continuación la ordenanza completa:

VISTO:
La necesidad de la creación de un Digesto Municipal que contenga, en el formato más eficiente y útil, la publicación de normas dictadas por el Honorable Concejo Municipal y las resoluciones o decretos emitidos por el Departamento Ejecutivo Municipal;
La necesidad de facilitar el conocimiento de las normas vigentes de conformidad con el principio republicano de publicidad de los actos de gobierno, y  la creciente dificultad para establecer la efectiva vigencia de las normas municipales  a raíz de las sucesivas modificaciones normativas a lo largo del tiempo; Y

CONSIDERANDO: 

Que la legitimidad del accionar del Estado Municipal se basa, en parte, en  que las normas que los ciudadanos/as e instituciones deben cumplir sean claras y conocidas por todos.

Que, aunque el derecho prevé las reglas de prevalencia de las normas cuando estas son modificadas por normas posteriores o de orden superior, la creciente cantidad de normas dictadas a lo largo de los años, y los permanentes cambios que la dinámica social hoy exige a los gobiernos municipales hacen cada vez más difícil establecer cuáles son las normas efectivamente aplicables, verificándose entonces una gran dispersión en el esquema normativo.

Que a fin de superar esta dificultad, y para garantizar la debida publicidad de las leyes que rigen la vida municipal es necesario contar con mecanismos de actualización y difusión permanente de las normas vigentes y sus modificaciones evitando así la denominada contaminación normativa.

Que para ello resulta idónea la herramienta de un Digesto Normativo Municipal digital.

Que este ha sido el camino seguido en todos los niveles de gobierno, así, la Ley Nacional  N°24.967 estableció la creación del digesto nacional, cuya ejecución se realiza con la asistencia de la Universidad Nacional de Buenos Aires. Por su parte en el ámbito de la provincia de Buenos Aires la ley N° 13.492 establece el digesto provincial, implementado a través del Instituto de Estudios Legislativos dependiente de la Legislatura Provincial.

Que a nivel regional todos los municipios del Noroeste han desarrollado herramientas de acceso a la información pública, las cuales se encuentran disponibles para consultar; como así también una gran porción de municipios de cada una de las provincias de nuestro país.

Que el digesto municipal digital tiene la finalidad de proveer acceso, de forma  actualizada y confiable, a toda la documentación del trámite parlamentario y a la normativa municipal o que afecte al régimen municipal.

Que el presente proyecto de ordenanza es una herramienta más para los ediles, a los fines de facilitar el estudio de cuestiones ya legisladas, mediante un mecanismo eficiente de consulta.

Que el costo administrativo decrece con la posibilidad de reutilizar los recursos como  son los archivos de texto dispersos, generados por la propia dinámica del municipio.

Que el fortalecimiento de la relación entre el gobierno y la ciudadanía debe adquirir nuevas herramientas acordes a la evolución tecnológica del Siglo XXI, aportando a la transparencia y a la democracia.

Que integrar el trabajo de los representantes de la sociedad a través de una comunicación idónea, generando canales de información, aporta a la concreción real de una democracia ciudadana y participativa.

Por ello,

EL BLOQUE DE CONCEJALES DE LA UCR DE CARLOS TEJEDOR PROPONE A ESTE HONORABLE CONCEJO UN PROYECTO DE:
ORDENANZA
Artículo1º: La presente Ordenanza fija los principios y procedimientos para contar con un régimen de consolidación de las normas Municipales a través de la elaboración, depuración y aprobación por parte del Honorable Concejo Deliberante, del “Digesto Normativo Municipal”, y su posterior publicación en la Página de Internet Oficial de la Municipalidad y en la del Honorable Concejo Deliberante.

Artículo 2°: Créase para su aplicación en todo el territorio de partido de Carlos Tejedor, provincia de Buenos Aires, el “Digesto Normativo Municipal Digital”, el que tendrá carácter público, actualizado y accesible para todos los habitantes a través de Internet.

Artículo 3º: El “Digesto Normativo Municipal Digital” contendrá, como mínimo, y de forma ordenada, permanente y actualizada:
a.      Todas las ordenanzas, resoluciones, comunicaciones y decretos emanados del Honorable Concejo Deliberante.
b.    Todos los Decretos y Resoluciones del Departamento Ejecutivo, así como las normas de procedimiento administrativo, y los  dictámenes de la Asesoría Legal Municipal.
c.      La Ley Orgánica de las Municipalidades, el Reglamento Interno del Concejo Deliberante y el reglamento de Contabilidad del Tribunal de Cuentas.
d.    La base de datos de expedientes del DE y del Honorable Concejo Deliberante.
e.    Ordenanzas fiscal e impositiva vigente e históricas.
Artículo 4°: Créase en un plazo no mayor a los 120 días hábiles desde la publicación de la presente ordenanza la “Comisión Permanente para la Actualización y Ordenamiento Normativo Municipal”, la cual funcionará dentro del ámbito de la Asesoría Legal de la Municipalidad de Carlos Tejedor.
La Comisión estará compuesta por la Sra. o Sr. Asesor Legal Municipal, el Sr./Sra. Presidente del Honorable Concejo Deliberante y un Concejal como mínimo en representación de cada uno de los Bloques e Interbloques Políticos.
Artículo 5°: Delegase en “La Comisión Permanente para la Actualización y Ordenamiento Normativo Municipal”, la formal determinación de los siguientes aspectos inherentes a la constitución del Digesto Normativo Municipal Digital:
a) Etapas a seguir en el proceso de Codificación hasta la concreción del Digesto.
b) Las categorías de clasificación y búsqueda.
c) Cualquier otro aspecto relacionado con las formas o metodología para la elaboración del mismo.
Artículo 6°: Toda nueva norma dictada en el ámbito del Municipio, tanto por las dependencias del Departamento Ejecutivo como del Honorable Concejo Deliberante  deberán ser incluidas en el digesto municipal en formato digital, a partir de los 30 días de promulgadas y una vez entrada en vigencia la ordenanza a la que se hace referencia en el artículo 9° de la presente. 
Artículo 7°: El Digesto deberá ordenar mediante la utilización de sistemas informáticos y de otros idóneos, la confección de índices o métodos de búsqueda e individualización eficientes de los mencionados textos, para ponerlos a disposición de los ciudadanos que deseen consultarlos.
Artículo 8º: La actualización y mantenimiento del Digesto Municipal Digital dependerá de la Comisión Permanente para la Actualización y Ordenamiento Normativo Municipal.
Artículo 9°: Una vez elaborado el Proyecto de Digesto Normativo Municipal con formato de proyecto de Ordenanza, el Honorable Concejo Deliberante deberá darle tratamiento en Sesión.
Artículo 10°: Comuníquese, publíquese, archívese.

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