“Crease el programa “Estudiantes para la cultura”, a llevarse a cabo entre 1 y 30 de septiembre. Dicho programa tiene como objetivo llevar adelante un desfile de carrozas o cualquier otra acción con motivo de celebración promovido por los estudiantes de las escuelas secundarias de la ciudad de Carlos Tejedor”, se lee en el primer artículo de un proyecto de ordenanza que busca institucionalizar el desfile de carrozas para la semana del estudiante.
Una de las intenciones principales es que no quede a criterio del ejecutivo de turno la realización y colaboración de los festejos, sino que se convierta en un derecho adquirido por los jóvenes tejedorenses, y que si alguien decide
eliminarlo, primero deba derogar la ordenanza. La iniciativa fue presentada por los jóvenes Cipriano Zabala y Agustín Cerutti.
Habría acuerdo entre los ediles y saldría aprobado por unanimidad. Lo más destacable es que se contaría con una partido presupuestaría específica.
Además que la Dirección de Cultura “deberá convocar entre el 1 y 15 de julio a los alumnos del último año de las escuelas secundarias de la ciudad de Carlos Tejedor para comenzar con la organización y planificación del evento”. Entre los puntos a acordar figuran la fecha del festejo, banda musical encargada de cerrar el mismo, organización para cualquier actividad que se desee realizar en el día pactado, monto y fecha de pago para los cursos participantes.
A continuación la iniciativa completa:
VISTO:
La necesidad de institucionalizar una conmemoración que se expresa a través de la celebración llevada adelante por los jóvenes estudiantes de la ciudad de Carlos Tejedor.
CONSIDERANDO:
Que; el Municipio de Carlos Tejedor en conjunto con los estudiantes de las diferentes instituciones coordina y organiza desde hace años el desfile de carrozas realizado en la ciudad cabecera.
Que; es sumamente importante darle garantía a los jóvenes que el Estado Municipal va a acompañar, en la medida que sea posible, los festejos por el día del estudiante
Que; es un festejo donde se desarrolla la cultura, el trabajo grupal y todas las condiciones que permiten un mejor desarrollo social para los jóvenes que habitan nuestro distrito.
Que; también es una fuente de ingreso para muchos comercios que brindan algún tipo de material para la expansión de este festejo.
Que; además del desfile de carrozas, también se realiza durante el cumulo de una (1) semana distintas actividades por parte de los estudiantes que son ajenas a cualquier coordinación de este municipio y por ello resulta necesario dejar en claro cuáles son las responsabilidades del Estado Municipal.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
En uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°.- Crease el programa “Estudiantes para la cultura”, a llevarse a cabo entre 1 y 30 de septiembre. Dicho programa tiene como objetivo llevar adelante un desfile de carrozas o cualquier otra acción con motivo de celebración promovido por los estudiantes de las escuelas secundarias de la ciudad de Carlos Tejedor
ARTÍCULO 2°.- El programa tendrá carácter de afectado, y constituirá una partida en el presupuesto municipal.
ARTÍCULO 3°.- La coordinación del programa estará a cargo de la Dirección de Cultura la cual deberá convocar entre el 1 y 15 de julio a los alumnos del último año de las escuelas secundarias de la ciudad de Carlos Tejedor para comenzar con la organización y planificación del evento.
ARTÍCULO 4°.- La Dirección de Cultura deberá resolver con los estudiantes que cursan el último año de la secundaria:
-Fecha del festejo.
-Banca musical encargada de cerrar el mismo.
-Organización para cualquier actividad que se desee realizar en el día pactado
– Monto y fecha de pago para los cursos participantes.
ARTÍCULO 5°.- Será responsabilidad y obligación de la Dirección de Cultura establecer un cronograma, donde se detalle lo expresado en el artículo 3, y todo lo que esta considere correspondiente.
ARTÍCULO 6°.- Toda planificación a realizar por parte de la Dirección de Cultura tiene que hacerse conforme a los intereses que hayan expresado los estudiantes, dejándose en claro que estos son los verdaderos protagonistas del histórico festejo.
ARTÍCULO 7°.- Se otorgará por parte del Municipio de Carlos Tejedor a cada curso de las escuelas secundarias de la ciudad de Carlos Tejedor una suma de dinero para poder afrontar los gastos que conlleva la realización de la carroza y/o actividad que realicen los participantes.
– Dicho monto será destinado para los cursos participantes de: 1°, 2°, 3°, 4° y 5° del nivel secundario.
– Los recursos serán administrados por la cooperadora de la institución la cual deberá presentar la facturación correspondiente a la secretaría que corresponda dando cuenta de todos y cada uno de los gastos una vez transcurrido el festejo.
-Toda compra que dependa de este fondo deberá ser realizada, en la medida que se pueda, en el Distrito de Carlos Tejedor.
ARTÍCULO 8°.- El monto a abonar será determinado por el departamento ejecutivo de acuerdo a las previsiones presupuestarias y situación financiera del municipio.
ARTÍCULO 9°.- Autorícese al Departamento Ejecutivo a formular las previsiones presupuestarias que correspondieren en el presupuesto anual.
ARTÍCULO 10°.- Regístrese, comuníquese y publíquese.
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