Por el Dr. Juan José Prieto, Farmacéutico Nacional
Finalmente la Presidenta de los Argentinos, Cristina Fernández de Kirchner, firmó el decreto 602/2013 que reglamenta la Ley Nacional Nº 26.687.
En todos los ámbitos que podamos observar, la falta de aplicación de las leyes vigentes dará como resultado final un atentado contra la seguridad y la salud de la población.
En materia sanitaria, lo que sucede con la ley Nacional Nº 26.687, de control de tabaco, es un claro ejemplo de esto. La misma continúa sufriendo la negativa de parte de varios sectores de poder, que de manera directa o indirecta han dilatado o interferido en el tratamiento del tema bajo un argumento netamente económico, el cual está muy alejado de laprioridad general que es el bienestar y la salud colectiva.
Según Infobae quien se opuso a la reglamentación fue Lotería Nacional, en nombre de los operadores del Casino Flotante y del que funciona en el Hipódromo porteño, argumentando supuestas pérdidas económicas que provocaría la ley en sus salas de juego, de entre el 25 y el 30 por ciento.
En contraposición, existen estudios realizados, en bares y restaurantes de la Provincia de Santa Fe, antes y después de la aplicación de la ley de ambientes 100 por ciento libres de humo, en donde no se demostró evidencia estadísticamente significativa sobre el impacto negativo de la legislación, Incluso, el promedio de ventas post-ley fue mayor.
Si a esto le sumamos algunos datos científicos que indican que:
*.-la aplicación real de esta norma evitarían 7.500 muertes por enfermedades cardiovasculares, 16.900 infartos y 4.300 accidentes cerebrovasculares en los próximos 8 años;
*.-esta enfermedad mata, en Argentina, a más de 40.000 personas al año;
*.-la prohibición de publicidad, los ambientes 100% libres de humo de tabaco y la inclusión de advertencias sanitarias con pictogramas en los paquetes de cigarrillos son medidas probadas para disminuir el inicio en el consumo en los adolescentes, llevando paulatinamente a la sociedad, en su conjunto, al abandono del hábito.
*.-el tabaquismo es una epidemia que trae graves problemas a la salud pública, aumentando notablemente los gastos del sistema sanitario.
Por todo lo planteado se deduce que sería muy saludable y razonable actuar en consecuencia o en congruencia con las leyes vigentes. Es más que evidente que nuestros legisladores deberían dejar de ser tan ambiguos y tratar de proteger el bien más preciado de todo individuo que es su salud.
Finalmente la Presidenta de los Argentinos, Cristina Fernández de Kirchner, firmó el decreto 602/2013 que reglamenta la Ley Nacional Nº 26.687; la que no establece una prohibición completa de la publicidad y promoción, pero limita los puntos de venta y restringe el tamaño de la cartelería, cuya medida máxima será de 30 cm x 30 cm; además, deberá incluir pictogramas a modo de advertencia sanitaria. También se prohíbe el uso de pantallas lumínicas, que ni siquiera podrán verse desde el exterior de los comercios.
Si observamos lo que ha ocurrido post-ley podremos advertir que sin esta reglamentación se dificulta su plena aplicación, por los espacios o vacios legales existentes que son utilizados por las tabacaleras para ampliar la publicidad en los puntos de venta, aumentar los lugares de expendio a bares, restaurantes y discotecas, donde de ahora en más estará prohibida su comercialización.
Por otra parte, no existía dónde denunciar las infracciones, y con esta se crea la Comisión Nacional de Coordinación para el Control del Tabaco, que funcionará en el ámbito del Ministerio de Salud de la Nación.
En mi opinión, con esta acertada decisión política, de nuestra Presidenta, nos otorga un instrumento esencial que facilitará la aplicación de esta norma, limita las excepciones, define y/o reafirma los contenidos y garantiza una mayor protección a la comunidad.
Fuente Boletín Oficial.
http://www.boletinoficial.gov.ar/Avisos/VerPDF.castle?f=20130529&s=01&pd=5&ph=0?=False
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