IGNOREMOS. Más vale tarde que nunca: Inscriben a mayores contribuyentes hasta el 15 de mayo

La consulta de TEJEDOR NOTICIAS fue la que generó que se llame, aunque sea tarde, a  la inscripción a los mayores contribuyentes, tal como lo establece la Ley Orgánica Municipal.

Desde el jueves 5 de mayo hasta el domingo, el “¿ex pasquín, mala leche?” intentó comunicarse con la Presidenta del Concejo Deliberante Andrea Marcos Pérez, pero parece que la Contadora no vio las llamadas, no solo no atendió, sino que tampoco devolvió el llamado. ¿El partido se llamaba CAMBIEMOS o IGNOREMOS? En fin, menos mal que no es médica, porque si estaba enojada con TEJEDOR NOTICIAS y nos ve desangrado, sin duda moriríamos. Igual a Gianini.

Pero por suerte, el “pasquín ignorado” pudo hablar con otro Concejal  y,  a este edil, parece  que Marcos si le atendió el teléfono. ¡Qué nivel de pluralidad! En realidad, no le correspondía a la Presidente iniciar la inscripción, pues la ley establece que es

el Intendente quien debe llamar a inscripción. Parece que o se le pasó, o no le avisó al Jefe Comunal. DIALEGUEMOS-IGNOREMOS-CAMBIEMOS.

Es cierto (y en buena hora) que se cumple con el texto de la ley. En mala hora lo han puesto a Servi a hacer cumplir leyes ridículas para Tejedor (como la de motos y bicis que no pueden estacionar en le veredas), e iban a incumplir con algo básico. El espíritu de la idea de los mayores contribuyentes, y del hecho que haya una inscripción, es que el pueblo sea representado y que ante una locura de aumentos, lo puedan frenar. Sin ir más lejos, el radicalismo deberá tener mucho cuidado con quien elige, pues varios (aunque frenaron una carta de Federación Agraria) no estuvieron de acuerdo con los aumentos. Además, se puede acusar al oficialismo de contar con información privilegiada por el escaso tiempo que tiene la oposición para hacer inscribir a sus mayores contribuyentes.

Algo es bueno, ya no van a andar como locos buscando a cualquiera para levantar la mano (en todos los partido es igual). Tendrán que tener cuidado e inscribir a los más fieles, aunque Monzó les puede contar algo sobre poner a los más fieles…

La medida, aunque tarde, es buena. Es lo que dice la ley. Lo malo la cabeza de uno de los “poderes” del estado Municipal no conteste. Cuando propuso que el periodismo no pueda estar presente en las reuniones de comisión, nosotros adelantamos que íbamos a consultarla porque eso es lo que corresponde. Y cuando otra cosa la tenga como protagonista volveremos a llamarla para que, seguramente, nos ignore. DIALOGUEMOS-IGNOREMOS-CAMBIEMOS-

LLAMADO A INSCRIPCIÓN DE MAYORES CONTRIBUYENTES
Es hasta el día 15 de mayo y será para conformar el  listado de contribuyentes titulares y suplentes.
Ley Orgánica Municipal pertinente:
ARTICULO 94°: (Texto según ley 5887) Para la integración de la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes se procederá conforme a las siguientes reglas:
1. – Anualmente, desde el 1° hasta el 15 de mayo, los Contribuyentes en las condiciones establecidas en el artículo 93° podrán inscribirse en un Registro especial que al efecto habilitará el Departamento Ejecutivo.
2. – No podrán inscribirse:
a) Los que no tengan su domicilio real y permanente en el Municipio.
b) El Intendente y los Concejales.
c) Los incapaces, los quebrados y concursados civiles.
d) Los que estén comprendidos en las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en los artículos 6 y 7.
e) Las Personas Jurídicas.
3. – Dentro de los 10 días siguientes el Intendente remitirá al Concejo Deliberante la nómina de los inscriptos.
Si no hubiere inscriptos o su número no alcanzare al del doble de los Concejales, el Intendente la integrará o completará de oficio
4. – El Concejo Deliberante comprobará si los inscriptos reúnen las condiciones establecidas en la presente Ley y, en su caso, eliminará a quienes no las llenen.
5. – Cumplidas las disposiciones de los incisos precedentes, cada grupo político representado en el Concejo propondrá en sesión citada al efecto, un número de mayores contribuyentes, tomados de la nómina aprobada por el Cuerpo, igual al doble de Concejales que integran dicho grupo político. El Presidente del Concejo, dentro de los cinco días, deberá remitir dichas listas al Intendente Municipal quien, dentro del quinto día, elegirá de cada lista un número igual al de Concejales que integran el respectivo grupo político proponente, integrando con ellos la lista definitiva de mayores contribuyentes. Con los restantes propuestos formará las listas de suplentes, quienes sustituirán a los titulares de las mismas en el orden que les asignara. En el supuesto de que los grupos políticos en la sesión citada al efecto no propusieren su lista o lo hicieren en número insuficiente, el Intendente Municipal la integrará o completará en su caso con contribuyentes inscriptos en la nómina aprobada por el Concejo.
Ambas nóminas definitivas serán comunicadas dentro de los tres días al Concejo Deliberante.
6. – Son causas de excusación para formar parte de las listas de mayores contribuyentes:
a) Enfermedad o edad mayor de sesenta años.
b) Cambio de su domicilio real.
7. – La vigencia de cada lista caduca el día 30 de abril de cada año.

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