“Hace poco se aprobó: +40 millones para un vehículo oficial, +21 millones en multas de ese vehículo. Pero hoy… Con… $90.000.000 se puede comprar e invertir en salud local”, publicó la cuenta local de La Libertad Avanza en las redes sociales, el mismo día que el Concejo Deliberante trataba un proyecto de Juan Pablo Bassi, edil del espacio, pidiendo a la Intendenta la compra de un arco en C.
“HOY SE PROPONE: ✅ Comprar un arco en ‘C’ para el Hospital Garré ✅ Más cirugías en Tejedor ✅ Menos derivaciones ✅ Mejor atención”, se lee en las redes de LLA de Tejedor.
Y destacaron: “¿Sabías que…? El Hospital Garré no puede realizar muchas cirugías traumatológicas ⚠️ Porque el arco en ‘C’ está fuera de servicio. 📉 Resultado: ❌ Pacientes derivados ❌ Más gastos para el Municipio ❌ Más dificultades para las familias”.
El artículo 1 del proyecto de ordenanza pide que Gianini priorice la compra del equipo: “Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a proceder, con carácter prioritario, a la adquisición de una Unidad de radioscopía televisada móvil con arco en ‘C’, destinada al Servicio de Traumatología del Hospital Municipal Esteban y Santiago Garré, mediante el procedimiento de contratación que corresponda conforme la legislación vigente”.
El proyecto respeta la estructura formal, pero en las redes cuestionaron la administración del Municipio: “HOY SE DEFINE ESTO: 👉 Menos gastos innecesarios 👉 Más inversión en el hospital 📍 Que los recursos vuelvan en soluciones concretas. El problema no es el vecino, el problema es LA PRIORIDAD DEL GASTO. Carlos Tejedor necesita: ✔️ Invertir en salud ✔️ Mejor gestión ✔️ Decisiones que sirvan a la gente”.
Según pudo saber TEJEDOR NOTICIAS, el proyecto se trató en comisión y, en próximas sesiones, sería aprobado —en principio— por unanimidad.
A continuación el proyecto completo:
VISTO
La necesidad de restablecer con carácter urgente la plena capacidad operativa del Servicio de Traumatología del Hospital Municipal Esteban y Santiago Garré; y
CONSIDERANDO
Que la Unidad de radioscopía televisada móvil con arco en “C” del Hospital Municipal Esteban y Santiago Garré se encuentra actualmente fuera de servicio, lo que limita la capacidad resolutiva quirúrgica del nosocomio.
Que la indisponibilidad de dicho equipamiento impide la realización de intervenciones traumatológicas que requieren control radioscópico intraoperatorio, generando la necesidad de derivaciones a otros efectores de salud.
Que tales derivaciones implican mayores costos operativos para el Municipio en concepto de traslados sanitarios, utilización de recursos externos y logística asociada.
Que asimismo se generan cargas económicas y sociales para los pacientes y sus familias, quienes deben afrontar traslados, estadías y seguimientos fuera del distrito.
Que el Hospital Municipal cuenta con recursos humanos profesionales idóneos para la realización de dichas prácticas, resultando necesario dotarlo del equipamiento correspondiente para optimizar la prestación del servicio.
Que la continuidad de la situación actual afecta la oportunidad, calidad y cercanía de las prestaciones traumatológicas, configurando una situación de urgencia sanitaria que requiere una respuesta administrativa prioritaria.
Que la inversión en equipamiento médico de alta complejidad constituye una medida de eficiencia sanitaria y económica que fortalece el sistema público de salud local y reduce costos indirectos futuros.
Que, en consecuencia, resulta oportuno y conveniente autorizar con carácter prioritario la adquisición del equipamiento referido, en resguardo de la eficiencia del sistema sanitario local y del interés público comprometido.
POR TODO ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CARLOS TEJEDOR, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º – Autorización
Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a proceder, con carácter prioritario, a la adquisición de una Unidad de radioscopía televisada móvil con arco en “C”, destinada al Servicio de Traumatología del Hospital Municipal Esteban y Santiago Garré, mediante el procedimiento de contratación que corresponda conforme la legislación vigente.
ARTÍCULO 2º – Trámite prioritario
Instrúyase al Departamento Ejecutivo a otorgar a la presente adquisición, como tratamiento administrativo prioritario, en atención a la situación de urgencia sanitaria descripta en los considerandos.
ARTÍCULO 3º – Adecuaciones presupuestarias
Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente ordenanza.
ARTÍCULO 4º – De forma
Comuníquese al Departamento Ejecutivo, publíquese, regístrese y archívese.







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