“Se permita al departamento ejecutivo utilizar estos recursos para concretar el proyecto de Parque Industrial que quiere ser una realidad en el distrito de Carlos Tejedor”, explicó el Concejal, en los hechos con poder de funcionario, Cipriano Zabala, al explicar la modificación que deseaban introducir en la ordenanza del Banco de Tierras.
El proyecto buscaba que el dinero recaudado por la venta de terrenos también pueda ser utilizado para la implementación de proyectos industriales, ya que eso no estaba contemplado.
Zabala explicó con el dinero recaudado, junto con el apoyo de Nación y Provincia, se avanzó en brindar servicios a los Barrios Suaco (en la ciudad cabecera) y Las Cortaderas (en Tres Algarrobos). La mano derecha de Gianini destacó que durante el gobierno de Milei no han recibido apoyo
“Descuento que vamos a tener el acompañamiento de todas las fuerzas políticas, porque además leí este en estos días que hay una intención de que el parque industrial sea una realidad por todos los actores políticos”, destacó.
El proyecto fue aprobado por unanimidad
A continuación, el proyecto completo:
VISTO:
La Ordenanza Nº 2671/2020 que crea el BANCO DE TIERRAS E INMUEBLES DEL PARTIDO DE CARLOS TEJEDOR; y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 26 de la citada Ordenanza establece el destino de los fondos provenientes de la venta de los inmuebles que integran el Banco de Tierras e Inmuebles Municipal;
Que dichos recursos constituyen una herramienta estratégica para la planificación territorial y el desarrollo del Partido de Carlos Tejedor;
Que resulta necesario ampliar y precisar el alcance del destino de los fondos, a fin de permitir su aplicación no solo a políticas de tierra y hábitat, sino también a la adquisición de inmuebles destinados a proyectos productivos, industriales y de alcance social;
Que la promoción del desarrollo productivo e industrial, así como la generación de oportunidades con impacto social, forman parte de una política integral de desarrollo local, contribuyendo a la creación de empleo, arraigo y crecimiento sustentable del distrito;
Que la ampliación del destino de los fondos no desnaturaliza el espíritu de la Ordenanza Nº 2671/2020, sino que fortalece su finalidad estratégica como instrumento de gestión del suelo;
Que es facultad del Honorable Concejo Deliberante dictar y modificar las ordenanzas vinculadas a la administración de los bienes y recursos municipales, conforme lo dispuesto por la Ley Orgánica de las Municipalidades;
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CARLOS TEJEDOR EN USO DE SUS ATRIBUCIONES SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Modificase el artículo 26 de la Ordenanza Nº 2671/2020, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 26°: DESTINO DE LOS FONDOS. CREACIÓN DE CUENTA ESPECIAL. El producido de la venta de los inmuebles que formen parte del Banco de Tierras e Inmuebles deberá ser depositado en una cuenta especial intangible a nombre del Banco de Tierras e Inmuebles Municipal.
Los fondos allí depositados tendrán como destino exclusivo el financiamiento de políticas municipales para concretar políticas de tierra y hábitat, así como la adquisición de inmuebles y su infraestructura necesaria para ser destinados a la implementación de proyectos productivos, industriales y de alcance social que promuevan el desarrollo económico, la generación de empleo y el crecimiento sustentable del Partido de Carlos Tejedor.”
ARTÍCULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese, publíquese y archívese.
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