Proyecto Vecinal pide copia íntegra de todos los decretos del 2013

Tras la publicación del Boletín Informativo  Municipal, con varios errores muy graves y que vuelven a demostrar la actitud OCULTISTA del Departamento Ejecutivo, el 20 de marzo (2014) Proyecto Vecinal presentó un proyecto en el que se solicita “copia íntegra de todos los decretos dictados por el Poder Ejecutivo Municipal durante el año 2013. Estos decretos son los comprendidos entre el 1 de enero de 2013 al 31 de diciembre de 2013 inclusive”.

Recordemos que en el “Mamarracho” Informativo Municipal se saltean decretos y no están los vistos ni los considerandos. El proyecto parece haber tenido en cuenta tales ocultamientos, pues en el artículo 4 se lee: “No deberá limitarse el informe a un mero listado de los decretos, o a un resumen incompleto y parcial de los mismos;  dichos decretos deberán adjuntarse en forma completa por expreso pedido de este Honorable Cuerpo”.

Incluso en uno de los considerandos se lee: “Que se advierte que

la publicación del Boletín Informativo Municipal se ha realizado en forma extemporánea, parcial e incompleta. Se advierte en la misma que se publican solo algunos decretos y en forma parcial. Dejando fuera de dicha publicación una gran cantidad de decretos e información”.

 

Publicamos en forma completa el proyecto. Recomendamos una amplia y completa lectura a los funcionarios municipales que se limitan a cumplir órdenes. Recuerden el siguiente fragmento de El Prinicipito:

-Si yo le diera a un general la orden de volar de flor en flor como una mariposa, o de escribir una tragedia, o de transformarse en ave marina y el general no ejecutase la orden recibida ¿de quién sería la culpa, mía o de él?
-La culpa sería de usted -le dijo el principito con firmeza.
-Exactamente. Sólo hay que pedir a cada uno, lo que cada uno puede dar -continuó el rey. La autoridad se apoya antes que nada en la razón. Si ordenas a tu pueblo que se tire al mar, el pueblo hará la revolución. Yo tengo derecho a exigir obediencia, porque mis órdenes son razonables.

A continuación el proyecto completo:

PROYECTO DE PEDIDO DE INFORME
VIENDO:
La necesidad permanente y la obligación de este Honorable Concejo Deliberante de contar con información actualizada acerca de la marcha del municipio en distintas áreas.
La necesidad e importancia de conocer los decretos dictados por el Poder Ejecutivo Municipal, basada en el derecho de contralor que posee este Honorable cuerpo y en el derecho a la información y publicidad de los actos de Gobierno.

CONSIDERANDO:
Que, el derecho a la Información Pública está garantizado en nuestra Constitución Nacional, cuyo artículo 75 inciso 22 otorga jerarquía constitucional a tratados internacionales  que afirman claramente el derecho de libre acceso a la información: Declaración Universal de los Derechos Humanos; Convención Americana sobre los Derechos Humanos; y Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos;
Que, la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión, aprobada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de los Estados Americanos (O.E.A.) el 20 de octubre del año 2000, sostiene que “el acceso a la información en poder del Estado es un derecho fundamental de los individuos” y luego agrega: “al no existir una cultura de ocultamiento que suele ser la contrapartida necesaria para hacer germinar la corrupción dentro del órgano administrativo. Es por ello que es necesario cambiar dicha cultura institucional, promoviendo la apertura y la transparencia”;
Que, las democracias más modernas del planeta han institucionalizado mecanismos relacionados con las formas de libre acceso a la información;
Que, los funcionarios públicos son generalmente renuentes a entregar información fruto del desconocimiento sobre las normativas nacionales e internacionales;
Que, este Honorable Cuerpo y la sociedad en general no están enterados sobre los decretos dictados durante el año 2013 por el Poder Ejecutivo Municipal;
Que, esta falta de comunicación entre el poder ejecutivo y la sociedad condiciona el correcto funcionamiento del sistema republicano a la vez que empobrece el debate público porque la información necesaria para alimentarlo está vedada a la población en general;
Que, acceder a la Información Pública es un prerrequisito de la participación ciudadana y que no es posible participar en ninguna instancia de un proceso de toma de decisiones o de control del gobierno si no se cuenta con la información necesaria para poder intervenir en ambos casos;
Que, los actos de gobierno son la expresión de la voluntad de alguno de los poderes políticos del Estado. Esta voluntad se materializa por ejemplo en una ordenanza si hablamos del Concejo Deliberante; en un decreto, si hablamos del Poder Ejecutivo; o en una sentencia, si hablamos del Poder Judicial;
Que, el derecho de libre acceso a la información es mucho más amplio: abarca toda la actividad política del Estado. Detrás de todo acto de gobierno podemos encontrar, además de los debates públicos que lo preceden, un número elevado de estudios, pericias, recopilación de antecedentes, opiniones de expertos, dictámenes de organismos especializados oficiales o privados, etc.. El derecho de libre acceso a la información nos permite acceder a todo ese proceso. Es lo que en derecho se conoce como la causa de toda decisión gubernamental;
Que, la información en cuestión – siendo de naturaleza pública- es por lo tanto, relevante a la vida y las decisiones que afectan a la comunidad en su conjunto. Y en tal carácter le corresponde a los gobernados. Para que esta premisa se cumpla es necesario se eleve a este Honorable Cuerpo la totalidad de los decretos solicitados;
Que el análisis de la cuestión en tratamiento ha de abordarse desde el principio de la publicidad de los actos de gobierno que caracteriza al régimen republicano, receptado por el artículo 1º de la Constitución Nacional;
Que en esa inteligencia, las autoridades comunales tienen el deber de dar a publicidad los actos de gestión comunal, circunstancia que excede por demás el derecho de ese Honorable Concejo a ser anoticiado de los derechos citados por el Ejecutivo Municipal;
Que se advierte que la publicación del Boletín Informativo Municipal se ha realizado en forma extemporánea, parcial e incompleta. Se advierte en la misma que se publican solo algunos decretos y en forma parcial. Dejando fuera de dicha publicación una gran cantidad de decretos e información:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CARLOS TEJEDOR, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA EL SIGUIENTE:
PEDIDO DE INFORME
Art. 1: el Departamento Ejecutivo a través de la repartición que considere pertinente, elevará a este Honorable Concejo Deliberante copia íntegra de todos los decretos dictados por el Poder Ejecutivo Municipal durante el año 2013. Estos decretos son los comprendidos entre el 1 de enero de 2013 al 31 de diciembre de 2013 inclusive.
Art. 2: Dicho pedido de informe debe ser contestado en forma completa, sin tachaduras, ni espacios en blanco, ni enmiendas.
Art. 3: Dicho pedido de informe deberá elevar los decretos ordenados por número, con indicación de fecha y en forma completa.
Art. 4: No deberá limitarse el informe a un mero listado de los decretos, o a un resumen incompleto y parcial de los mismos;  dichos decretos deberán adjuntarse en forma completa por expreso pedido de este Honorable Cuerpo.
Art. 5: De forma.

Carlos Tejedor, 20 de marzo de 2014

Dr Esteban Molina                          Lic. Ignacio Sánchez
BLOQUE PROYECTO VECINAL

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