López Farroni propone la creación del Concejo Deliberante Juvenil

“Institúyase el programa «Concejo Deliberante de la Juventud», que como Anexo, forma parte de la presente, a llevarse a cabo entre los primeros días de mayo y finalizar a mediados de junio de 2013, con la participación de alumnos de Establecimientos públicos y/o privados, que cursen el 4, 5 y 6 año del ciclo superior”, se lee en el 1º artículo de un proyecto de ordenanza que presentó Marcelo “Chiculi” López Farroni

En el anexo de la iniciativa se detalla: “Te contamos que este Programa tiene como principal objetivo conocer a través de una experiencia directa como funciona el Concejo Deliberante de nuestro Distrito, para ello elaboraras con tus compañeros (con el

asesoramiento nuestro y de tus profesores) un Anteproyecto de Ordenanza Municipal y eligieran entre Ustedes quienes serán los Concejales Juveniles que durante una semana los representaran y se desempeñaran como tal en el mencionado Concejo”.

A continuación el proyecto completo, y el anexo:

PROYECTO DE ORDENANZA.

VISTO:

La importancia y responsabilidad republicana que implica legislar y mas aun gobernar;

Que el sistema educativo es fundamental para sentar las bases y el conocimiento suficiente en los educandos para desarrollar y entender la función legislativa;

Que el Honorable Concejo Deliberante como cuerpo colegiado debe colaborar y aportar experiencias en todo lo que es su competencia;

Y CONSIDERANDO:

El Proyecto «Programa Concejo Deliberante Juvenil» que como Anexo forma parte del presente Proyecto de Ordenanza;

Que brindaría a los educadores una herramienta importante para que los jóvenes desarrollen una actividad y sumen experiencia en materia del deber ciudadano;

Que en dicho programa pueden participar todos las Escuelas Secundarias del Distrito que lo deseen y cuyos alumnos cursen el 4, 5 y 6 año del ciclo superior;

Que en las diferentes escuelas los alumnos elaborarán anteproyectos de Ordenanzas y elegirán a los Concejales Juveniles que los representaran eligiendo dos por escuela y formaran bloques con Concejales Juveniles de otras escuelas;

Que las autoridades del H.C.D. deberán coordinar con los Directores y/o Profesores todo lo concerniente al programa;

Que el mismo consta de dos etapas, como reza el anexo;

Las actividades descriptas en los fundamentos y en el anexo habrán de favorecer la obtención de objetivos como: Conocer la labor legislativa, experimentar proyectos con alcance general, aumentar conocimientos acerca del compromiso ciudadano de representante y representado;

En suma ofrecer mediante la participación pluralista y democrática, elementos con contenidos básicos que llevaran a forjar Hombres y Mujeres del mañana con significado de ejercer el poder de un ciudadano;

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CARLOS TEJEDOR EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Institúyase el programa «Concejo Deliberante de la Juventud», que como Anexo, forma parte de la presente, a llevarse a cabo entre los primeros días de mayo y finalizar a mediados de junio de 2013, con la participación de alumnos de Establecimientos públicos y/o privados, que cursen el 4, 5 y 6 año del ciclo superior.

ARTICULO 2°: La Presidencia del H.C.D. deberá coordinar el programa, invitando a participar a todos las Escuelas del Distrito y confirmar y/o modificar el cronograma de actividades con los Directivos de las Escuelas para dar cumplimiento a lo establecido en el Anexo «Programa Concejo Deliberante de la Juventud».

ARTICULO 3°: Solicítese a la Inspectora Jefe Distrital y a los Inspectores de Rama Secundaria Oficial y Privada la adhesión al presente programa.

ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, publíquese y archívese.

ANEXO

CONCEJO DELIBERANTE JUVENIL

CONCEJO DELIBERANTE JUVENIL DISTRITO DE CARLOS TEJEDOR

BIENVENIDOS!!!!

Queridos amigos:

El objetivo del Proyecto del Programa Concejo Deliberante Juvenil, consiste no solo en que Uds. los jóvenes estudiantes elabores propuestas que intenten dar soluciones a los problemas comunitarios, sino también, justo al resto e la comunidad Educativa, conozcan y se consustancien con las actividades del Concejo Deliberante.

Es de principal interés una serie de conceptos, por ejemplo: Como se trabaja en este Organismo, que fin persiguen las reuniones de Bloque, como se redactan los proyectos, como funciona el Concejo Deliberante, cuando se entra en «Sesión», como se pide la palabra, que es una moción, como se eligen las autoridades, como se aprueba un proyecto, etc..

Con el convencimiento que este es un evento que jerarquiza la educación, ya que los acerca a la difícil tarea de legislar y sobre todo a la obligación de gobernar, responsabilidad que no pocos de Uds. tendrán en un futuro próximo.

La participación en este Programa de Educación No Formal, será una herramienta de gran importancia para comprender como es el funcionamiento del Concejo Deliberante de nuestro Distrito.

Sean bienvenidos los Colegios, los jóvenes estudiantes, los Inspectores Jefes, Directores, Rectores, los Docentes, la Comunidad toda, a participar de esta experiencia que afianzara nuestros principios pluralistas y democráticos.

 CONCEJO DELIBERANTE JUVENIL DISTRITO DE CARLOS TEJEDOR

INTRODUCCION

 Te contamos que este Programa tiene como principal objetivo conocer a través de una experiencia directa como funciona el Concejo Deliberante de nuestro Distrito, para ello elaboraras con tus compañeros (con el asesoramiento nuestro y de tus profesores) un Anteproyecto de Ordenanza Municipal y eligieran entre Ustedes quienes serán los Concejales Juveniles que durante una semana los representaran y se desempeñaran como tal en el mencionado Concejo.

Sera MUY IMPORTANTE que el anteproyecto contemple una problemática que Ustedes visualicen en su comunidad.

CONCEJO DELIBERANTE JUVENIL

DISTRITO DE CARLOS TEJEDOR

INDICE DEL INSTRUCTIVO PARA PARTICIPAR DEL «CONCEJO DELIBERANTE JUVENIL».

* Como es el cronograma del H.C.D. Juvenil.

– I ETAPA……………………………………………………………………………………………………

– II ETAPA…………………………………………………………………………………………………..

– ¿Cual es la función del Coordinador Distrital?………………………………………………..

– ¿Quienes pueden participar en el H.C.D Juvenil?……………………………………………

– ¿Como se eligen los participantes del H.C.D Juvenil?………………………………………

– Campañas electorales……………………………………………………………………………….

– ¿Que condiciones debe reunir el Anteproyecto de Ordenanza?……………………….

– Comisiones legislativas……………………………………………………………………………..

– Bloques – Formación- Sesión Preparatoria……………………………………………………

– ¿Como se desarrollara el Encuentro Distrital Municipal?………………………………..

 

 

CONCEJO DELIBERANTE JUVENIL

DISTRITO DE CARLOS TEJEDOR

¿COMO ES EL CRONOGRAMA DEL CONCEJO DELIBERANTE JUVENIL?

I° ETAPA:

– Presentación en el H.C.D del Proyecto.

– Designación en el H.C.D del Coordinador General.

– Invitación a todos las Escuelas del Distrito (4, 5 y 6 año del Ciclo Superior)

1) Designación de un profesor por escuela.

– Entrega de instructivos a las escuelas.

– Conferencia de Prensa.

 

II° ETAPA:

– Inscripción de las Escuelas participantes.

– Elaboración de los Anteproyectos de Ordenanzas.

– Elección de los Concejales Juveniles, entre los alumnos de las Escuelas participantes.

– Envio al H.C.D copias de los proyectos presentados y escrutinio electoral.

– Conferencia de prensa presentando a los Concejales Juveniles.

– Tratamientos de los Anteproyectos en al H.C.D. Preparatoria- Sesiones de Comisión- Sesiones Publicas.

– Entrega de Diplomas a los Concejales que participaron del Programa » Concejo Deliberante Juvenil».

– Coordinación viaje de participantes.

 

FUNCIONES DEL COORDINADOR GENERAL:

– El H.C.D. delegara en el Presidente del Cuerpo la función de Coordinador General quien será el responsable de todo lo referente al Programa con la colaboración del Personal del Concejo.

– El Coordinador supervisara y coordinara todas las actividades a desarrollar dentro del Personal del Programa.

– El Coordinador deberá estar permanentemente en contacto con el Cuerpo Legislativo informando de las actividades que se han desarrollado.

– Seleccionara las escuelas que han de participar en el Programa y entrevistara a los Directores y/o rectores, cuyos alumnos participaran del mismo.

– Remitirá al H.C.D, sin excepción alguna, la nomina final de todas las escuelas que participaran del Programa.

– Los Establecimientos Educativos deberán remitir el Coordinador General, sin excepción alguna, el listado de todos los alumnos/as electos como Legisladores y de los Docentes Asesores que participaran en el programa de cada escuela. A tal efecto deberá consignar, en planilla confeccionada preferentemente en computadora, los siguientes datos:

Apellido y Nombre.

Edad.

D.N.I…

Teléfono.

Localidad.

Provincia.

Código Postal.

Colegio al que representa.

Tema del Anteproyecto.

– Deberá informar a la prensa d todo lo desarrollado y del mecanismo de participación como así también solicitar el apoyo y acompañamiento de los medios distritales.

– Instituirá a los Directores/as y/o Rectores/as, Docentes Asesores y Legisladores Juveniles sobre el espíritu y objetivo del Programa, entregara el instructivo con el procedimiento a seguir y evacuara todas las consultas sobre el mismo.

 

¿QUIENES PUEDEN PARTICIPAR EN EL CONCEJO DELIBERANTE JUVENIL DEL DISTRITO DE CARLOS TEJEDOR?

– Podrán participar en el Concejo Deliberante Juvenil todas las escuelas  estatales y/o privadas, habilitadas y reconocidas por los organismos educativos oficiales.

– Los 2 (dos) Jóvenes alumnos/as que participara, en representación de los establecimientos educativos, tendrán que tener  hasta 18 años.

– Los alumnos deben tener la condición regular y estar cursando cualquiera de los años del Ciclo Superior.

– Los alumnos que asumirán el rol de Concejales Juveniles, presentara iniciativas que contemplen las realidades locales, las cuales serán formuladas como Anteproyectos de Ordenanzas con el asesoramiento de los Docentes Asesores y del Coordinador General.

 

¿COMO SE ELIGEN LOS PARTICIPANTES DEL CONCEJO DELIBERANTE JUVENIL?

– Cada escuela estará representado en el C.D.J. por 2 (dos) alumnos/as, que cumplirán el rol de Concejales Juveniles, 1 (un) Docente, que cumplirá el cargo de Docente Asesor y un Anteproyecto de Ordenanza.

– Sera función del Director/a, Rector/a del establecimiento educativo promover la potencial participación de todos los alumnos de los  3 (tres) años del ciclo superior serán los verdaderos protagonistas del Programa. Se concientizara sobre el espíritu y objetivos del Programa y se incentivara a los jóvenes a participar del mismo.

– El Director y/o Rector, junto con el Coordinador, instruirán a los alumnos sobre los criterios de participación en cada Institución Educativa, que serán las siguientes:

– Los alumnos/as tomaran la decisión de elaborar un Anteproyecto de Ordenanza con total libertad en cuanto a la temática del mismo. Definirán sus características y la propuesta de trabajo.

– Podrán participar todos los jóvenes que tengan la inquietud de presentar un anteproyecto de ordenanza en una temática determinada y que cumplan con las condiciones anteriormente señaladas.

– Los jóvenes tendrán que formar grupos de trabajo, y podrán existir tantos grupos de trabajo como propuestas de anteproyectos de ordenanza a elaborar existiesen.

– Cada grupo de trabajo deberá elegir a 2 (dos) alumnos/as (compañeros) y un docente asesor, quienes los representaran y por extensión de la escuela, en el C.D.J. y serán responsables directos del anteproyecto de ordenanza.

– La forma de selección del anteproyecto de ordenanza que representara a la escuela, los 2 (dos) Legisladores Juveniles y el Docente Asesor, se llevara a cabo por elecciones libres, con voto secreto y no obligatorio, de todos los alumnos de los 3 años del ciclo superior educativo, pertenecientes a la escuela.

  • Para el acto electoral cada grupo deberá presentar sus listas de candidatos y confeccionar sus boletas electorales donde conste:
    • Apellido y Nombre de los/as 2 (dos) alumnos/as que se postulen como Legisladores Juveniles.
    • Apellido y Nombre de 1 (un) Docente Asesor.
    • Titulo de la propuesta de un anteproyecto de ordenanza. 

A continuación se brinda un ejemplo de la boleta electoral:

 

CONCEJO DELIBERANTE JUVENIL

DISTRITO CARLOS TEJEDOR

CANDIDATOS A CONCEJALES JUVENILES:

–         PEREZ, MARIA CAROLINA

–         GARCIA, EZEQUIEL

CANDIDATO A DOCENTE ASESOR:

–         Prof. FERNANDEZ, HECTOR

ANTEPROYECTO DE ORDENANZA:

–         Protección del Medio Ambiente

 

 

 


 

 

 

 

La boleta electoral tiene que estar confeccionada en papel color blanco, con tipografía color negro y tener unas medias de 10 cm. de ancho y 14 cm. de largo.

  • Las listas y modelos de la boleta confeccionada por cada grupo de trabajo deberán ser presentadas por lo menos 10 (diez) días antes del acto eleccionario, para su oficialización, ante el Director/ra y/o Rector/ra de la escuela quien se constituirá como “Junta Electoral”.
  • El Director/ra y/o Rector/ra de la escuela constituido en “Junta Electoral” será el responsable de organizar todo lo inherente al acto eleccionario, el cual se desarrollara en un solo día, como ser:

ü     Campañas electorales: los alumnos durante 9 días hábiles anteriores al día del acto eleccionario explicaran a sus compañeros las diferentes propuestas de sus anteproyectos de ordenanza, características del mismo, perfil de los Legisladores Juveniles y del Docente Asesor Postulado. 

ü     Que el acto eleccionario se desarrolle con total libertad y tranquilidad.

ü     Que voten todos los alumnos que así lo deseen de los 3 (tres) años del Ciclo Superior.

ü     Confección de los padrones (listados de todos los alumnos del Ciclo Superior)

ü     Los alumnos que voten tendrán que presentar su D.N.I. o Cedula de identidad y serán tachados del padrón a medida que emitan su voto.

ü     Disposición de las urnas.

ü     Definición de las autoridades de la/s mesa/s electoral/es.

ü     Fiscales (cada grupo podrá incluir en cada mesa electoral constituida, un alumno que represente a su lista y fiscalice el acto electoral en su totalidad).

ü     Veedor del escrutinio.

 

  • El tiempo de la campaña electoral será de 9 días a partir del cierre de oficialización de listas (este cierre tiene que ser por lo monos de 10 días antes del día en que tenga lugar el acto eleccionario).
  • Las fechas del acto eleccionario recaerá en el día 10 posterior al cierre de oficialización de listas, es decir, el día inmediato posterior al cierre de campaña, (ultimo día de campaña electoral).
  • La lista ganadora; los dos Concejales Juvenil, el Docente Asesor y el Anteproyecto de ordenanza, representara a la escuela en el evento distrital del Programa.
  • Los 2 (dos) alumnos electos serán declarados “Concejales Juveniles”, por medio de un acta firmada por la “Junta Electoral”. En dicha acta también asentaran todos los detalles concernientes al resultado del escrutinio.
  • La escuela que no cumpla con la fecha de entrega del anteproyecto, quedara excluido del Programa en forma inmediata.
  • Los dos Concejales Juveniles y el Docente Asesor trabajaran conjuntamente con el grupo de trabajo que lo postulo y podrán integrar al equipo a todo otro alumno que desee colaborar en la elaboración del anteproyecto de ordenanza.
  • El director/ra y/o rector/ra elevara al coordinador un listado conteniendo los datos de todos los alumnos que participaron hasta esta etapa del Programa, de los dos Legisladores Juveniles y del Docente Asesor. Deberá designar en planilla (confeccionada preferentemente en computadora) los siguientes datos:
    • Apellido y Nombre.
    • Edad.
    • D.N.I.
    • Domicilio.
    • Teléfono.
    • Localidad.
    • Código Postal.
    • Nombre de la Escuela.
    • Temática del anteproyecto de Ordenanza.
    • El Docente Asesor asistirá a los alumnos en las distintas instancias de capacitación de elementos conceptuales, técnicos y metodológicos para la elaboración del Anteproyecto de Ordenanza.
    • Cada escuela solo elevara, para su tratamiento en el evento distrital del Programa, un Anteproyecto de Ordenanza, adjuntando 3 (tres) copias del mismo.
    • Para participar del evento distrital del programa, cada escuela deberá cumplimentar en tiempo y forma los requerimientos exigidos según el cronograma y todo lo anteriormente expresado.

 

¿QUE CONDICIONES DEBE REUNIR EL ANTEPROYECTO DE ORDENANZA?

El anteproyecto de ordenanza deberá reunir una serie de condiciones que los habiliten para poder participar en el evento distrital del Programa. Los mismos son las siguientes:

  • El tema que aborde el anteproyecto de ordenanza será de carácter libre, pero estará basado en alguna problemática concreta que afecte a la comunidad, preferentemente a los sectores juveniles.
  • El contenido del anteproyecto de ordenanza deberá adecuarse a las circunstancias reales por las cuales atraviesa cualquier legislatura de nuestro país y del mundo: tendrá que ser factible en su faz técnica, en caso de necesitarse fondos financieros para su implementación deberá señalarse de donde se obtendrán los mismos, deberá tener aportes de creatividad y originalidad, perspectivas innovadoras, análisis de impacto cuali-cuantitativo en cuanto a su aplicación, etc…
  • El anteproyecto de ordenanza se basa en problemática locales o regionales, necesariamente tendrá que contener medidas legislativas o soluciones concretas que tengan una proyección real a nivel distrital.

 

COMISIONES LEGISLATIVAS

  1. Se podrán conformar hasta 4 (cuatro) Comisiones Legislativas teniendo en cuenta las temáticas abordadas en los Anteproyectos de Ordenanza elaborados en las escuelas por los Legisladores Juveniles. Una de ella será de temática libre (incluirá aquellos Anteproyectos de Ordenanza cuya temática no pudiera ser tratada en ninguna de las otras comisiones).
  2. Cada Comisión Legislativa tendrá como autoridades: 1 (un) Presidente y 1 (un) Vicepresidente.
  3. En caso de una comisión fuese muy numerosa en cantidad de Legisladores Juveniles y Anteproyectos de Ordenanza, podrá adoptarse el criterio de dividirla en 2 (dos) subcomisiones. Sus autoridades serán las mismas de la comisión que les dio origen.
  4. En cada comisión legislativa se convocara la presencia de un especialista en el tema específico aportando aspectos conceptuales y metodológicos para la elaboración de los proyectos de Ordenanza.
  5. Se considera que un Anteproyecto de Ordenanza ha sido aprobado en comisión cuando obtenga como mínimo el voto de la mayoría de los Legisladores miembros de una comisión.
  6. Los Anteproyectos de Ordenanza tratados y aprobados como proyecto de ordenanza en cada una de las Comisiones Legislativas, pasaran a ser considerados, tratados y votados en las Sesiones Publicas.

 

LOS FUNCIONARIOS MUNICIPALES, DELEGADOS, CONCEJALES, ETC. ESTARAN A TOTAL DISPOSICION Y REQUERIMIENTO DE LOS CONCEJALES JUVENILES Y/O DOCENTES ASESORES.

 


BLOQUES-FORMACION:

  1. Los Concejales Juveniles se constituirán en 2 (dos) bloques: BLANCO Y AZUL.

Cada bloque se conformara por sorteo entre las escuelas.

El bloque mayoritario será el que más votos obtuviera en la elección dado por la sumatoria de votos que cada bloque haya obtenido.

  1. Los 2(dos) Concejales Juveniles que representan a la escuela integraran un mismo bloque.

Ejemplo: luego del sorteo se da esta posición:

BLOQUE BLANCO                      BLOQUE AZUL

Esc A      110                                Esc D       210

Esc B        58                                Esc E          84

Esc C      150                                Esc F        106

318                                                 400

BLOQUE MAYORITARIO: AZUL

CABE ACLARAR QUE LOS VOTOS SUMADOS SON LOS LOGRADOS POR CADA LISTA Y NO EL TOTAL DE CADA ESCUEL

 


PREPARATORIA:

La Sesión Preparatoria se realizara en el Reciento de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante. La Presidencia la ejercerá provisoriamente el Concejal Juvenil de mayor edad, integrante de la lista mayoritaria, quien tomara juramento a todos los Concejales y actuara como Secretario provisional un Concejal Juvenil integrante de la Lista Minoritaria.

Una vez cumplida, el Cuerpo Deliberante elegirá sus autoridades: Presidente, Vice 1°, Vice 2° y Secretario del Cuerpo.

El Presidente electo tomara juramento al Concejal que ejerció la Presidencia provisoriamente.

Posteriormente cada Bloque elegirá sus autoridades: Presidente, Secretario.

La elección del Presidente y el Secretario de Bloque, se realizara entre los Concejales Juveniles miembros de cada bloque, eligiendo cargo por cargo (en primer termino al Presidente y luego el de Secretario de Bloque), con el voto directo de los Concejales Juveniles y por mayoría simple (mitad mas uno de los miembros del bloque).

¿COMO SE DESARROLLARA EL ENCUENTRO DISTRITAL DEL H.C.D. JUVENIL?

  1. Participaran del evento distrital todas las escuelas que lo deseen y cuyos alumnos cursen el ciclo superior.
  2. Cada escuela estará representado por 2 (dos) Concejales Juveniles, un/a (1) Docente Asesor/a y un (1) Anteproyecto de Ordenanza.

Cabe aclarar que la cantidad ideal de establecimientos educativos que participen del evento sea igual a la mitad de la cantidad de bancas que conforman este H.C.D (el total de bancas de nuestro H.C.D es de 12).

Si todas las escuelas participaran (el total de escuelas son 8), se modificaría el numero de Concejales y habrá Bloques de ocho (8) Concejales, teniendo el Bloque Mayoritario la Presidencia del Cuerpo.

Si la participación de las escuelas fuera menor a seis (6), se incorporara la lista de Concejales que haya obtenido mayor cantidad de votos entre los electores segundo y así sucesivamente.

 

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