Informan los requisitos para ser beneficiarios de las casas

Constituir un grupo familiar (matrimonio, concubinato, algún tipo de lazo familiar o tener hijos en común), residencia en Tejedor no inferior a tres años, no poseer “patrimonio suficiente” y acreditar un determinado ingreso, son algunos de los requisitos que se deben reunir para poder se beneficiario de las casas del Federal Plurianual de Construcción de Viviendas Reconvertido, que se construyeron en el Barrio Parque y Barrio Italia.

El informe de prensa detalla “Aclárese que estos requisitos los pide el ADMINISTRADOR GENERAL DEL INSTITUTO DE LA VIVIENDA, la municipalidad no tiene nada que ver. Sin estos requisitos no se podrá anotar nadie, solo si cumplen con todo esto.”

A continuación los requisitos completos:

 

VISTO el Programa Federal Plurianual de Construcción de Viviendas Reconvertido, los decretos Nº 1507/09, 422/10 y 187/96, la Resolución Nº 8092/10 y el Expediente Nº 2416-11762/09 alc. 19.-

El Administrador General del Instituto de la Vivienda

RESUELVE:

ART.1º: Aprobar el Reglamento de Adjudicaciones y Plan financiero que como Anexo Único forma parte integrante de la presente.-

ANEXO UNICO

REGLAMENTO DE ADJUDICACIONES.-

ART. 1º: REQUISITOS: Los postulantes serán seleccionados por quien se establezca en cada convenio Particular y deberán cumplir los requisitos siguientes:

1.- Constituir un grupo familiar, entendiéndose por tal al grupo estable de personas convivientes en el que dos de ellos se hallen unidos en matrimonio o concubinato o sean parientes consanguíneos en línea ascendente, descendente o colateral en primer grado. Las parejas unidas de hecho deberán acreditar una convivencia no inferior a dos (2) años o tener descendencia en común.-

2.- Poseer Documento Nacional de Identidad Argentino. Si el mismo se encontrare en trámite deberá presentar la debida constancia, en este caso la designación como postulante tendrá carácter provisorio hasta la presentación del documento original.- Asimismo los postulantes deberán acreditar residencia, en la ciudad de Carlos Tejedor, por un tiempo no inferior a 3 años.-

3.- Declaración Jurada de que ninguno de los miembros del grupo familiar posee patrimonio suficiente, vivienda propia o medios adecuados para resolver la carencia habitacional o las necesidades de alojamiento.-

4.- Declaración Jurada de que ningún miembro del grupo familiar ha sido adjudicatario o beneficiario de una vivienda de interés social asignada por el Estado o de asistencia crediticia para adquirirla, salvo que se demuestre, por medio fehaciente, la constitución de una nueva familia y la cesión de todas las acciones y derechos al núcleo original que integraba.-

5.- Acreditar fehacientemente un ingreso neto aportado por los titulares y el fiador si existiese, mayor a PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($2500.-). En caso de que se tratare de un trabajador en relación de dependencia, se exigirá el recibo de sueldo correspondiente. Si se tratare de un trabajador independiente, deberá presentar certificación de ingresos netos mensuales promedio de los últimos 24 meses, extendido por contador público.-

6.- No superar, ni el titular ni el co-titular los 70 años al momento de la cancelación del crédito principal.-

Según fuentes consultadas por TEJEDOR NOTICIAS, la entrega sería una vez que la planta de ósmosis inversa de agua esté instalada. Aunque, ya la misma Intendente había mencionado la entrega para luego de las elecciones de Octubre. Gianini siempre resaltó que “ni bien estén las voy a entregar”.

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