Fármacos confiables y seguros: trazabilidad de medicamentos

Por el Dr. Juan José Prieto, Farmacéutico Nacional

El Sistema Nacional de Trazabilidad fue establecido por el Ministerio de Salud de la Nación, a cargo del Dr. Juan Luis Manzur, mediante la Resolución Nº 435/11; siendo anunciado por cadena nacional, en abril de 2011, por la Presidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner, pudiéndose definirlo como un instrumento creado para controlar y verificar todas las transacciones relacionadas al medicamento, desde su creación hasta que llega a las manos del paciente (laboratorios, droguerías, distribuidoras, farmacias, establecimientos asistenciales y paciente).

Con esta determinación se pretende examinar y eliminar todas las anomalías o vicios posibles dentro de un circuito legal de provisión de fármacos, lo que le dará al paciente mayores garantías, en cuanto a la calidad y seguridad de

las terapias a las que esté expuesto.

Como consecuencia, pretende transformarse en una herramienta fundamental para combatir la falsificación de medicamentos, que permitirá disminuir la presencia en el mercado de fármacos ilegítimos y/o robados; por lo que este sistema es un proyecto innovador en relación a la seguridad de las especialidades medicinales, pretendiendo brindarle a la comunidad una mayor protección en materia de salud.

La Resolución Ministerial dispone que la ANMAT es la autoridad encargada de aplicarlo y de dictar las normas necesarias para su implementación; debiéndose instalar de forma progresiva, con el fin de no entorpecer el acceso a los medicamentos. En principio se comenzó con los fármacos de alto costo y baja incidencia (oncológicos, antirretrovirales, antihemofílicos y para patologías especiales), cumpliéndose una primera etapa con resultados más que favorables, por lo que resulta imprescindible continuar con este proceso gradual de su puesta en escena alcanzando más especialidades medicinales que las incluidas anteriormente mediante las Disposiciones de la ANMAT Nº 3683/2011 y 1831/2012.

Recientemente y a través de la Disposición Nº 0247/13, publicada el 16 de Enero de 2013 en el Boletín Oficial, la ANMAT ha establecido que a partir del 15 de junio del corriente deben incorporarse al Sistema Nacional de Trazabilidad todas las especialidades medicinales que contengan alguno de los siguientes principios activos: alprazolam, butamirato, bromazepam, clonazepam, diazepam, dihidrocodeinona, flunitrazepam, lorazepam, prometazina, tramadol y trihexifenidilo.

Así mismo es de destacar que esta disposición surge de un trabajo articulado entre la ANMAT y la Secretaría de Programación de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico (SEDRONAR).

Como dato extra, los pacientes podrán verificar la legitimidad de los medicamentos a través de la página web de la ANMAT o en los siguientes links:

Sistema Nacional de Trazabilidad

http://anmat.servicios.pami.org.ar/

Principios activos trazables:

http://186.153.145.7/site/pdfs/listado_medicamentos.pdf

Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales.
Aquel usuario que incluya en sus mensajes algún comentario violatorio del reglamento sera eliminado e inhabilitado para volver a comentar.