Chiculi presentó proyecto para construir 36 casas

“Autorízase al departamento ejecutivo municipal a crear un fondo de dinero por el valor de $2.500.000 para la construcción de 36 viviendas sociales”, expresa el artículo 1 de un proyecto de ordenanza que presento Marcelo “Chiculi” López Farroni. EN ESTA NOTA EL PROYECTO COMPLETO

El miércoles 11 de Abril, en la primera sesión ordinaria del Concejo Deliberante, los ediles dieron entrada al proyecto. Todo indica que se trataría en el recinto el 

 25 de abril. Además, la iniciativa cuenta con la firma de Hugo Bidart

El segundo artículo establece: “Autorizase al departamento ejecutivo municipal a readecuar partidas presupuestarias que crea conveniente para la creación de este fondo”.

Para elaborar el proyecto, Chiculi tuvo en cuenta la carta presentada por quienes toman las viviendas.

A continuación el proyecto completo:

VISTO:

El proyecto de ordenanza presentado por el departamento ejecutivo con respecto al: “Plan Federal Plurianual de construcción de viviendas reconvertido en la ciudad de Carlos Tejedor 36 viviendas”; y nota remitida a este honorable cuerpo por las familias que ocupan estas mismas viviendas.

CONSIDERANDO:

El convenio N° 009027/10 suscripto entre el Instituto de la Vivienda de la Pcia. De Bs. As. y la Municipalidad de Carlos Tejedor tramitadas por expediente N° 2416-12974/09 y convalidado mediante ordenanza N° 2179/2010 29 de Abril de 2010.

Léase también art 4 y 8 de dicho convenio.

Teniendo en cuenta también nota remitida por los ocupantes de estas viviendas, que dicen que el ejecutivo les prometió las mismas y aducen que son personas con reales carencias económicas, edilicias; viviendo de manera muy precaria y en hacinamiento permanente y muchas cosas más.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CARLOS TEJEDOR, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES ACUERDA Y SACIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

ARTICULO 1°.- Autorizase al departamento ejecutivo municipal a crear un fondo de dinero por el valor de $ 2.500.000 para la construcción de 36 viviendas sociales.

ARTICULO 2°.- Autorizase al departamento ejecutivo municipal a readecuar partidas presupuestarias que crea conveniente para la creación de este fondo.

ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, archívese, etc.-

Carlos Tejedor, 10 de Abril de 2012

               Hugo Bidart                                             Marcelo Lopez Farroni

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