Aprueban proyecto para utilizar baldíos para huertas y granjas comunitarias

“Crease el programa “Agricultores Urbanos” el cual tendrá como finalidad fomentar la utilización de terrenos no edificados (baldíos), sean de dominio privado o público, con fines sociales a través de su aprovechamiento productivo mediante  el establecimiento de huertas y granjas comunitarias”, es el primer artículo de una ordenanza que aprobó el Honorable Concejo Deliberante en la sesión que se produjo en Tres Algarrobos el 8 de octubre (2014).

La iniciativa fue presentada por el bloque de Proyecto Vecinal/PRO, siendo votada afirmativamente por unanimidad.

A continuación la iniciativa completa:

VIENDO:
La posibilidad de utilizar terrenos fértiles de nuestro Partido y colaborar de este modo con la reducción de las erogaciones que el Municipio debe destinar en alimentos a los comedores públicos y en limpieza de terrenos baldíos desocupados.

CONSIDERANDO:
Que por medio de este proyecto se pueden establecer sistemas de

producción de rápidos resultados con el fin de garantizar la seguridad alimentaria mínima de un grupo de la población que está por debajo de la línea de pobreza y que necesita nutrirse fuera de su hogar por razones de poder adquisitivo.
Que lo cosechado y obtenido en las huertas y granjas diseñados con técnicas de cultivo ecológicas que este proyecto pretende crear, significan un aumento de la producción destinada al consumo de los que menos ingresos tienen y una mejor calidad de alimentación a quienes concurren a comedores, copas de leche, etc.
Otro objetivo, no tangible pero sumamente importante,  corresponde a una búsqueda de retornar a la valoración del trabajo como medio para obtener un fruto. Volver a la cultura del trabajo. Demostrar que el sacrificio tiene resultados.
Que este proyecto colabora también en la erradicación de terrenos baldíos que son un foco de enfermedades, aglutinamiento de basura y roedores, pastizales, etc.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CARLOS TEJEDOR, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
“AGRICULTORES URBANOS”
ARTICULO 1: Crease el programa “Agricultores Urbanos” el cual tendrá como finalidad fomentar la utilización de terrenos no edificados (baldíos), sean de dominio privado o público, con fines sociales a través de su aprovechamiento productivo mediante  el establecimiento de huertas y granjas comunitarias.
ARTICULO 2: Autorizase al Departamento Ejecutivo a celebrar convenios con titulares de dominios ubicados en el partido de Carlos Tejedor con el objeto de ceder los inmuebles para destinarlos al emplazamiento de huertas orgánicas y granjas. El mantenimiento estará a cargo del Municipio durante el período de cesión del predio, el cual deberá computarse desde la toma de posesión por parte de la Comuna hasta el vencimiento del convenio.
ARTICULO 3: Los titulares del dominio cedido quedarán exentos del pago de todo tipo de tasas y contribuciones de orden municipal durante el periodo que dure la cesión del mismo.
ARTICULO 4: La producción obtenida en estas huertas o granjas será utilizada con fines sociales y su destino quedara a discreción del Poder Ejecutivo y/o de alguna de sus reparticiones.
ARTICULO 5: El Departamento Ejecutivo en un plazo de treinta (30) días procederá a reglamentar la aplicación de la presente.
ARTICULO  6: De forma.

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