Aprobaron la implementación de la ley Nacional de medicamentos sólo en farmacias

“Que la Municipalidad de Carlos Tejedor, a través del Departamento Ejecutivo, implemente la Ley Nacional N° 26.567, (Ley Nacional de medicamentos sólo en farmacias -incluidos los llamados de venta libre)”, es el primer artículo de la ordenanza aprobada por el Concejo Deliberante de Carlos Tejedor.

La iniciativa, que fue presentada por la concejales Silvana Mandrini y Virginia García del Peronismo Bonaerense, fue aprobada en la sesión del miércoles 12 de Junio (2013)

A continuación la ordenanza completa:

VISTO
El pedido formal realizado por la Institución de Bien Público Espartaco del Distrito de Carlos Tejedor a este Honorable Cuerpo, y la necesidad de adherir a la Ley Nacional Nº 26.567 (Ley de Medicamentos solo en Farmacias, incluidos los de venta Libre)  y su correspondiente aplicación, y

CONSIDERANDO (extracto)

Que el objetivo general de esta norma nacional es promover que todo medicamento esté en la farmacia, contribuyendo de este modo a disminuir los riesgos a la salud que ocasiona la automedicación; legislando sobre los factores de orden social, cultural u otros que inducen a los usuarios a un consumo abusivo de medicamentos. Los mismos son productos sanitarios que se encuentran en permanente vigilancia sanitaria; es decir, deben estar bajo el control de un profesional quien tomará todas las acciones que considere oportunas y convenientes para la salud del consumidor.

Que se han cumplido más de tres años (25/11/2009) desde que se aprobó la ley 26.567, y es por esto la celeridad de su aplicación. Cabe destacar, que al lobby empresarial se le suma la falta de campañas de concientización recurrentes y de contundencia, lo cual trae aparejado un perjuicio al consumidor, quien, entre otras cosas, tiene pocas garantías del origen de los fármacos. Por lo expuesto, es necesaria la concientización y educación de la población a fin de contribuir en la prevención de los riesgos que esta problemática ocasiona. Al respecto, en el marco de la Campaña Nacional Cien Mil Corazones – Tres Algarrobos 2012, el Colegio San José trabajó en un Proyecto “Prevención para cuidar la salud”,  incorporándose la Campaña Provincial de difusión del uso del recetario rosa para la adquisición de psicotrópicos y estupefacientes, uso y abuso.

Que la COFA –Confederación Farmacéutica Argentina- advierte que sin la aplicación de esta ley el país está en “grave riesgo” –basándose en que la venta ilegal de fármacos favorece la automedicación, quien termina generando gastos innecesarios, no solo al consumidor sino a todo el sistema sanitario. En la Argentina, entre un 5 y 6% de la venta de medicamentos es ilegal; creciendo exponencialmente amparado por la falta de legislación que hubo desde la época de la desregulación (decreto 2284/91). Luego, con la sanción de esta Ley Nacional -26.567- de regulación de la actividad farmacéutica, y su paulatina aplicación en todo el país, el mercado comenzó a transparentarse.

Que, por lo expuesto, y para proteger la salud de las personas,  es sumamente necesario aplicar en nuestro Distrito la Ley Nacional Nº 26.567 (Ley Nacional de medicamentos sólo en farmacias -incluidos los llamados de venta libre);  fomentando de esta manera el uso racional y adecuado de los fármacos.

POR ELLO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CARLOS TEJEDOR EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE:

PROYECTO  DE ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Que la Municipalidad de Carlos Tejedor, a través del Departamento Ejecutivo, implemente la Ley Nacional N° 26.567, (Ley Nacional de medicamentos sólo en farmacias -incluidos los llamados de venta libre).

ARTÍCULO 2º: Que el Departamento Ejecutivo arbitre los medios para su efectiva aplicación.

ARTÍCULO 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

Dra. Silvana Mandrini                                   Lic. Virginia García

CONCEJALES PERONISMO BONAERENSE

 

 

 

 

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