Andrea Marcos redobló la apuesta de TEJEDOR NOTICIAS: Propuso que las reuniones de comisión sean públicas

Luego de que las autoridades del Honorable Concejo Deliberante convirtieran en un trapo de piso al Reglamento Interno del cuerpo, al no incluir como petición de particular en el Orden del Día el proyecto que Tejedor Noticias presentó proponiendo que quede explícito en la norma que el periodismo puede ingresar a las reuniones de comisión, la concejal Andrea Marcos presentó una iniciativa que va más lejos.

La edil radical propone directamente que las reuniones de comisión sean públicas, algo que, por supuesto, incluye al periodismo.

 

Los concejales de Tejedor se han ganado el término de OCULTISTAS por sus votos negativos a iniciativas que permitían que los ciudadanos accedan a

información de la res pública (la cosa pública): acceso a la información pública municipal, y la creación del boletín público municipal, siendo este caso muy llamativo porque hubo concejales que aseguraron que la iniciativa otorgaba “demasiados derechos”.

 

 

¿Querrán los concejales ocultistas seguir teniendo el privilegio de que las reuniones de comisión no sean públicas? ¿O, como lo establece la constitución nacional, garantizarán el principio de publicidad de los actos de Gobierno?

Presenciar las reuniones de comisión es de suma importancia porque muchas veces proyectos que ingresan al HCD se modifican en comisión, y el ciudadano recién se entera cuando se trata en sesión. Para ejemplo basta un botón: cuando ingresó el proyecto para reorganizar el tránsito, en comisión se decidió que la calle Garré sea mano única, y los vecinos no tuvieron posibilidad de opinar porque directamente ni se enteraron (Sería bueno incorporar otras formas de participación ciudadana como las audiencias públicas y la consulta popular… pero ya sabemos que los ediles prefieren que nadie sepa nada y que ellos decidan).

Otro caso en que una reunión de comisión fue muy importante fue cuando los funcionarios fueron “interpelados/llamados” a dar explicaciones en una reunión de comisión, a la que el periodismo pudo ingresar por un pedido que había realizado con anterioridad Tejedor Noticias (al que pedimos una respuesta por escrito, y la Presidente del cuerpo, Irma Olgado, haciendo lo que se le antoja jamás respondió).

En fin, el 2 de Octubre (2013) los concejales tratarán en comisión una iniciativa que propone que el ingreso a las mismas sea pública. ¿Seguirá con la tendencia ocultita? ¿Habrá que preparar el manual de zonceras?

Como dice una vieja frase: SIEMPRE QUE SE PELEA POR UN DERECHO, SE PELEA CONTRA UN PREVILEGIO.

A continuación el proyecto

PROYECTO DE DECRETO

VISTO:

Que este Cuerpo ha recibido un proyecto a modo de petición particular solicitando que a las reuniones de comisión pueda ingresar el periodismo.

Que los concejales autorizaron verbalmente al periodismo a presenciar las reuniones de comisión del Honorable Concejo Deliberante de Carlos Tejedor.

Que las reuniones de comisión de la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores de la Nación y la Provincia públicas.

Que el Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante de Carlos Tejedor no explicita si el periodismo puede presenciar las reuniones de comisión.

Que las reuniones de comisión están reglamentadas por la Ley Orgánica Municipal y el Reglamento Interno del Concejo, y

CONSIDERANDO:

Los Artículos 1º, 33, 41, 42 y concordantes de la Constitución Nacional, los diversos tratados internacionales incorporados con jerarquía constitucional por el Artículo 75 inciso 22, los Artículos 1º, 11, 12 inciso 4º, 38 y concordantes de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, las Leyes Nº 12.475, Nº 13.175 y normas concordantes por las que se pretende garantizar el principio de publicidad de los actos de Gobierno y el derecho de acceso a la información pública;

Que para lograr el saneamiento de las Instituciones debe darse un lugar primordial a los mecanismos que incrementan la transparencia de los actos de gobierno, los que permiten un igualitario acceso a la información y amplían la participación de la sociedad en los procesos decisorios.

Que la presencia de la ciudadanía y el periodismo en reuniones de comisión del Honorable Concejo Deliberante de Carlos Tejedor es necesaria a efectos de que se conozcan los encuentros que mantienen los concejales y es una manera esencial de garantizar la publicidad de los actos de gobierno y la participación de la ciudadanía en los mismos.

Que la publicidad de los actos de gobierno y el derecho de Acceso a la Información Pública es un prerrequisito de la participación que permite controlar la corrupción, optimizar la eficiencia de las instancias gubernamentales y mejorar la calidad de vida de las personas al darle a éstas la posibilidad de conocer los contenidos de las decisiones que se toman día a día para ayudar a definir y sustentar lo propósitos para una mejor comunidad.

Que “el fundamento de la publicidad es permitir que los ciudadanos y medios de prensa tengan acceso directo y conocimiento inmediato de los temas tratados en comisión, pero sin intervenir en las deliberaciones”.

Que la publicidad de las sesiones de las comisiones “no se encuentra garantizada, en principio, con las constancias contenidas en el Libro de Actas, sino que requiere que a las sesiones puedan” concurrir, salvo casos excepcionales, terceros y periodistas

Que los periodistas o informadores parlamentarios, gracias a la publicidad, son personas privilegiadas en un sentido amplio, al poder impulsar la rendición de cuentas de los legisladores en el proceso de inmediación existente entre las autoridades públicas y la sociedad, conforme al sistema republicano y representativo de gobierno

Por todo lo expuesto:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CARLOS TEJEDOR, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE:

DECRETO

Artículo 1º.- Agréguese el artículo 107 en el Capitulo IX “De las Comisiones” del Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante de Carlos Tejedor, Decreto 1/89, que quedará redactado de la siguiente manera:

“Las reuniones de comisión son públicas excepto cuando la mayoría total de los miembros presentes del Cuerpo decida que las mismas son secretas. Será facultad del presidente del Concejo y la/s autoridad/es de la/s Comisión/es respectiva/s determinar los requisitos de acreditación para la asistencia y participación. Asimismo estos deberán adoptar las medidas necesarias para evitar que ninguno de los presentes estorbe, impida o perturbe el normal desarrollo de la labor parlamentaria, encontrándose facultados/as a ordenar el retiro de quien lleve adelante dichas acciones, y solicitar para ello el auxilio de la fuerza pública.”

 

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