Alguien cometió/hizo cometer una falta grave: No se transmitió por radio la sesión del Concejo

“El funcionario público (ya sea del Departamento Ejecutivo o Legislativo) o Agente responsable que en forma arbitraria decida y/u ordene no transmitir alguna sesión, impidiendo o restringiendo de cualquier modo el cumplimiento de esta ordenanza, es considerado incurso en falta grave en el ejercicio de sus funciones sin perjuicio de la aplicación del régimen sancionatorio que corresponda”, se lee en artículo 8 de la resolución que establece que las sesiones del Concejo Deliberante se deben transmitir por radio.

 

De hecho, el artículo 1 sostiene: “Artículo 1º.- Todas las sesiones (preparatorias, ordinarias, extraordinarias y especiales) del Honorable Concejo Deliberante de Carlos Tejedor, independientemente de la cantidad de puntos del orden del día y/o de su duración, serán transmitidas en vivo y en directo por la radio oficial de

la Municipalidad de Carlos Tejedor, Radio Municipal 92.3 Mhz, o la emisora que fuera oficial en el futuro”.

 

Varios ediles se mostraron descontentos por la ausencia de la radio, y no descartaron pedir la sanción correspondiente. Además, resaltaron que el Ejecutivo debe prever la situación.

“Entre 600 empleados no nos pueden que decir no vinieron porque enviaron el sonido o al sonidista a un acto”, aseguró más de un edil. E insistieron: “No puede volver a pasar. Alguien va a tener que dar explicaciones. La resolución es clara nadie tiene la potestad de decidir si lo que se trata es importante o no. La sanción va a llegar al que tenga que llegar.”

La resolución completa:

Artículo 1º.- Todas las sesiones (preparatorias, ordinarias, extraordinarias y especiales) del Honorable Concejo Deliberante de Carlos Tejedor, independientemente de la cantidad de puntos del orden del día y/o de su duración, serán transmitidas en vivo y en directo por la radio oficial de la Municipalidad de Carlos Tejedor, Radio Municipal 92.3 Mhz, o la emisora que fuera oficial en el futuro.

Artículo 2º.- Se exceptúa de lo dispuesto en el artículo anterior únicamente a las sesiones secretas, las cuales están sujetas a lo previsto en el artículo 71 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, (decreto ley 6769/589) y el artículo 24º del Reglamento interno del Honorable Concejo Deliberante (decreto 1/89).

Artículo 3º.- El Secretario del Concejo Deliberante de Carlos Tejedor notificará al Director o a la persona responsable de la radio oficial de la Municipalidad de Carlos Tejedor el día y horario de la sesión en la misma fecha en que se lo comunica a los concejales, para que se tomen los recaudos necesarios para la transmisión de la sesión del cuerpo.

Artículo 4º.- Una vez notificado el responsable de la radio oficial, se le dará publicidad por dicha emisora al día y horario de la sesión.

Artículo 5º.- Cuando el cuerpo pase a un «cuarto intermedio» la radio oficial podrá continuar con la programación habitual hasta que se reanude la sesión. Si la reanudación del cuarto intermedio se fijara para día/s posterior/es, la transmisión se reanudará en el día y horario fijados para ello, con previa notificación a la emisora según lo establecido en el artículo 3º.

Artículo 6º.- La transmisión de las sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Carlos Tejedor tendrá prioridad en la programación. Cualquier programa que se transmita en el horario de la sesión se interrumpirá ante el comienzo de la sesión.

Artículo 7º.- Esta ordenanza comenzará a regir desde las cero horas del día 15 de Septiembre del corriente año, fecha a partir de la cual se transmitirán todas las sesiones, con la única excepción establecida en el artículo 2°.

Artículo 8º.- El funcionario público (ya sea del Departamento Ejecutivo o Legislativo) o Agente responsable que en forma arbitraria decida y/u ordene no transmitir alguna sesión, impidiendo o restringiendo de cualquier modo el cumplimiento de esta ordenanza, es considerado incurso en falta grave en el ejercicio de sus funciones sin perjuicio de la aplicación del régimen sancionatorio que corresponda.

Artículo 9º. –  Comuníquese, publíquese, archívese, etc.

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