Y se detalla: «Caso contrario en un término de 60 días se aplicarán las sanciones dispuestas en
el CÓDIGO DE ORDENAMIENTO URBANO»
«CABE DESTACAR QUE ESTAS SANCIONES RECAEN SOBRE PROPIETARIO, CONSTRUCTOR Y PROFESIONAL A CARGO», se resalta.
Y remarcan: «Solicitamos dirigirse a la oficina de Obras y Servicios Públicos para regularizar su situación».
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